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Directiva
Marco sobre Residuos 75/42/CEE |
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Es
el primer intento por legislar las condiciones para
el tratamiento de los residuos. Trata de evitar la
creciente y peligrosa acumulación de residuos en
vertederos controlados, para ello busca soluciones
en la incineración y en el reciclaje.
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Directiva
Europea de 1989 sobre Incineración de Residuos
Urbanos |
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Trata
de llevar a cabo un acercamiento más ambicioso a la
gestión de residuos. Busca formulas que favorezcan
el reciclado en lugar de la incineración y comienza
a desarrollar la filosofía de que la solución al
problema de los residuos está en prevención de los
mismos en origen o al menos su miniaturización.
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Directiva
Comunitaria 94/62/CE |
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La
Directiva tiene como objetivos:
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La
armonización de las medidas, hasta muy
dispares, aplicadas en los distintos países de
la Unión. Aunque deja el sistema de financiación
a la elección de cada Estado.
-
Prevenir
y reducir el impacto causado por los envases.
Para ello fija objetivos difíciles de alcanzar
tanto para la recuperación y el reciclaje:
50-65%
en peso en Recuperación
25-45% en peso de Reciclaje (para los materiales).
Por
otra parte, la Directiva establece por vez primera
la jerarquía de los métodos de tratamiento de los
residuos: prevención, reutilización, reciclaje,
recuperación energética y, en última posición,
vertederos controlados.
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Finalmente,
la Directiva tiene como ámbito de aplicación todo
tipo de envases y establece que todo producto
envasado deberá estar adscrito a un sistema de
recuperación.
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Estableciendo
un sistema de etiquetaje para los envases que
pretende tratar de contribuir a una mayor
concienciación de los consumidores hace la separación
en origen y el reciclaje.
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Ley
11/97 de Envases y Residuos de Envases |
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Representa la transposición al Estado
Español de la Directiva de la Comisión Europea
relativa a envases y residuos de envases.
Establece
los principios de acción en minimización y
prevención en origen de los residuos de envases.
Regula determinadas medidas destinadas a prevenir o
reducir el impacto de éstos sobre el medio
ambiente, a evitar su generación y a fomentar su
reutilización, reciclado o valorización.
Asimismo,
regula el régimen de los Sistemas Integrados de
Gestión (SIG), aunque esta parte de la Ley tuviera
que ser reglamentada por un Real Decreto Posterior.
Fija
el objetivo de una reducción del 10% del peso de
los residuos de envases, considerando la prevención
como la opción prioritaria en la gestión de
residuos.
El
inicio de las obligaciones impuestas por dicha Ley a
los agentes económicos y a los sistemas integrados
de gestión, entró en vigor el 1 de mayor de 1998.
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Ley
10/98 de Residuos |
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Transpone
la Directiva 91/156 CEE, donde se define lo que se
considera por residuo urbano y se regulan las
competencias en materia de recogida y tratamiento de
residuos, establece, mediante una disposición
adicional que modifica la Ley 11/97, la obligación
de elaborar Planes Empresariales de Prevención (PEP).
Además,
la Ley obliga a que todos los municipios de más de
cinco mil habitantes tengan implantados sistemas de
recogida selectiva de residuos antes del 1 de enero
del año 2001.
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Real
Decreto 782/98 |
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Aprueba
el reglamento para el desarrollo y ejecución de la
Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases.
Desde
su publicación los envasadores, comerciantes de
productos envasados o, si estos no pueden ser
identificados, los responsables de su primera puesta
en el mercado, deben aplicar una de las opciones que
contempla la Ley para la recuperación de envases:
- Articular
su propio sistema de “depósito, devolución y
retorno”, semejante al que desde hace años
practican las empresas de bebidas para la
recogida de los populares “cascos” de
botella.
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- Adherirse
a un Sistema Integrado de Gestión (SIG)
organizado por una empresa de ámbito nacional y
que dé servicio a un variado tipo de envases.
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Además,
este Reglamento regula los Planes Empresariales de
Prevención de envases (PEP), que se configuran como
uno de los principales mecanismos para garantizar el
cumplimiento efectivo de los objetivos de prevención
y reducción fijados en la Ley 11/97.
Establece
qué envasadores están obligados a presentar
planes, en qué fechas, el contenido, y otros
aspectos importantes a considerar en los Planes
Empresariales de Prevención.
Crea
la figura de los sistemas integrados de gestión (GIS)
de residuos de envases y envases usados, como
responsables, en su ámbito de aplicación, de los
objetivos de reciclado y valoración previstos por
la Ley.
Establece
la participación de las CCAA y las corporaciones
locales en los SIG mediante la firma de convenios de
colaboración.
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Objetivos
de la Ley de Envases y Residuos de Envase |
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La
Ley establece los siguientes objetivos mínimos y máximos
de reducción, reciclado y valoración de envases a
alcanzar antes del 30 de junio de 2001:
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Valorizar
el 50% como mínimo y el 65% como máximo, en
peso, de la totalidad de los residuos de envases
generados.
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Reciclar
el 25% como mínimo y el 45% como máximo, en
peso, de la totalidad de los materiales de
envasado, con un mínimo de un 15% en peso de
cada material.
Reducir,
al menos el 10% en peso de la totalidad de los
residuos de envase generados.
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